- Se ha creado un nuevo modelo de contrato para empresas con una plantilla inferior a 50 trabajadores, con un año de periodo de prueba, durante el que pueden despedir a la gente sin causa y sin indemnización. Además, la empresa se asegura una deducción fiscal de 3000 euros, aparte de bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.
- Se amplian las posibilidades de utilización del contrato de aprendizaje: se puede volver a hacer para una actividad laboral distinta y hasta los 30 años, mientras no se reduzca a un 15% la tasa de desempleo.
- Se crea la posibilidad de realizar horas extraordinarias en los contratos a tiempo parcial, lo cual puede suponer en la práctica una drástica disminución de la base de cotización de los trabajadores para el desempleo y la jubilación.
- Prevalece el convenio de empresa (que protege a un menor número de personas) por encima de los de ámbito superior.
- La empresa puede dejar de aplicar el convenio colectivo de referencia ante la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de ingresos o ventas (que cifra en dos trimestres consecutivos).
- Otorga mayor capacidad de imposición a la empresa en materias como movilidad, ordenación del tiempo de trabajo, o salarios (incluso saltándose lo firmado en el contrato).
- Desaparece la ultraactividad, es decir, el convenio caduca si no se llega a acordar uno nuevo a los dos años de que termine su vigencia.
- La indemnización por despido improcedente pasa de 45 días y 42 mensualidades a 33 días y 24 mensualidades. Además, sólo pagan los salarios de tramitación si se opta por la readmisión.
- En los ERE se elimina la autorización administrativa, lo que en la práctica significa que no se podrán negociar indemnizaciones superiores a los 20 días por año.
- Si se está en paro y se cobran prestaciones, se puede ser solicitado para realizar trabajos para la comunidad.
- Si se sufre alguna enfermedad y por ello se acumula una ausencia justificada del 20% de la jornada durante dos meses, se puede ser despedido por absentismo.
Y a pesar de todo ello, el Gobierno ha reconocido que durante 2012 la tasa de paro va a subir irremediablemente.
ferri's BBQ
Hace 3 semanas

2 comentarios:
Después de 6 años vuelvo a comentar en tu blog. He decidido leerme la reforma laboral entera para sacar mis conclusiones, pero es bastante tostón (60 páginas), así que te iré comentando según vaya leyendo. De momento me he leído el preámbulo (que para quien no sepa de leyes, es algo así como la el argumento o resumen de la ley). Estas son mis conclusiones:
- el PP está bastante preocupado en que cada vez hayan menos afiliados a la SS y aumente la cantidad que debe abonar por el paro (cada vez lo cobra más gente)
- parece que sea una reforma hecha a medida de los empresarios, porque no para de nombrarse la "flexibilidad en la gestión de RRHH" (vamos, que te puedan echar cuando les dé la gana)
- reconocen que el SERVEF (o como se llame en cada Comunidad Autónoma) no vale pa na
- no hay límite de contratos temporales (y con esto quieren potenciar los contratos indefinidos ?¿?¿?)
- se quiere potenciar el contrato a tiempo parcial
- otra contradicción: se indica que quieren potenciar la flexibilidad interna (es decir, que te reduzcan la jornada o el salario) como alternativa al despido, pero en cambio no hace falta autorización (pero sí causa), para echar a la peña a la calle
- los convenios de empresa tienen preferencia antes que los sectoriales (tanto para bien, como para mal)
- como has dicho, es más barato despedir a la peña
Seguiré comentando según vaya leyendo la reforma.
Resumen de lo que he leído hoy:
- las ETT pasan (si quieren) a colaborar con los servicios públicos de empleo. Cuando pase esto, el trabajador no tendrá que pagarle nada
- En cuanto al contrato de formación:
1) Se amplía la posible duración (antes era 2 años como mucho, ahora son 3)
2) La empresa puede impartir la FP (si tiene medios)
3) Se amplía la duración del tiempo de trabajo efectivo (antes era durante todo el contrato del 75%, y ahora a partir del 2º es del 85%).
Mañana más, Tomás.
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